Se incorporó un grado intermedio en el escalafón y también se incorporaron beneficios relacionados con las licencias por maternidad. Crean el cargo de Subcomisionado en la Policía Metropolitana
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires creó por ley el
cargo de Subcomisionado en el escalafón de la Policía Metropolitana y sumó
beneficios para el personal en lo que respecta a licencias por maternidad. a aprobación se realizó sobre un despacho de mayoría de la
Comisión de Seguridad al que adhirió su par de Legislación del Trabajo, en base
a una iniciativa del Diputado Cristian Ritondo (PRO) para modificar el Artículo
17, Capítulo V - Grados- del Estatuto
del Personal de la Policía Metropolitana sancionado por la Ley Nº 2947. En
adelante el Escalafón General Policial se organizará en una categoría única que
cuenta con los siguientes grados en orden creciente: a) Oficial, b) Oficial
Mayor, c) Subinspector, d) Inspector, e) Subcomisionado, f) Comisionado, g)
Comisionado Mayor, h) Comisionado General, i) Superintendente
El texto definitivo establece que "el cuadro de
Oficiales Operativos ésta integrado por el personal con estado policial que
alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor. El cuadro de Oficiales
Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance los
grados de Subinspector e Inspector. El cuadro de Oficiales de Dirección está
integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de
Subcomisionado, Comisionado y Comisionado Mayor. El cuadro de Oficiales
Superiores de Conducción está integrado por el personal con estado policial que
alcance los grados de Comisionado General y Superintendente".En tanto, el Artículo 2º de la ley sancionada esta noche
modificó el Artículo 39, Capítulo XI-
Licencias- Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana, Ley Nº
2947, que quedó redactado de la siguiente manera:

"La licencia por maternidad se concederá por ciento
cinco (105) días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal durante
los treinta y cinco (35) días anteriores al parto y hasta setenta (70) días
corridos después del mismo, con goce de haberes. Vencido el lapso previsto para
el periodo de post-parto, la trabajadora previa comunicación fehaciente a la
Policía Metropolitana, podrá optar por prorrogar su licencia hasta ciento
veinte (120) días corridos, sin percepción de haberes, debiendo comunicar a
dicho organismo su decisión de reincorporarse a la misma con treinta (30) días
de anticipación a su vencimiento". A los fines de la alimentación y cuidado del hijo, según el
Artículo 3º, el personal policial tendrá derecho a una pausa de dos horas
diarias que podrán ser divididas en fracciones cuando se destine a la lactancia
natural o artificial del hijo menor de 12 meses, entre otros beneficios. Entre las razones de las modificaciónes al Estatuto se
destaca que: "la creación de un grado intermedio resulta necesario con el
fin de unificar la escala jerárquica con otras Fuerzas Policiales y/o de
Seguridad, tendiente a que el Oficial de Dirección consolide la experiencia
necesaria y suficiente para aspirar al grado inmediato superior. La estructura
de jerarquías del personal de la Policía Metropolitana se encuentra dispuesta
en el Artículo 17 de la Ley Nº 2947. De la actividad cotidiana surge que la
misma resulta
incompleta, toda vez que
se aprecia un vació entre las jerarquías de Comisionado – Oficial de Dirección
(segundo párrafo del Art. 17)- e Inspector – Oficial de Supervisión (tercer
párrafo del Art. 17).- se propicia
la
incorporación de una nueva jerarquía, con
el grado de Subcomisionado, que sea el puente n atural de una transición
entre el paso de la jerarquía
de
Inspector – Oficial Supervisor – a la de Comisionado – Oficial de Dirección-
" . En cuanto a la modificación del artículo 39 se propició
"incorporar los siguientes Derechos al Capítulo XI-Licencias: Estado de
excedencia: Prórroga de 120 días sin goce de haberes de la licencia por
maternidad; Derecho a la pausa por alimentación y cuidado del hijo y Derecho a
extender el período post-parto cuando el recién nacido debiera permanecer
internado. Que estos Derechos están reconocidos en las actuales Legislaciones
Nacionales y locales (Ley Nº 471
y en el
Régimen Interno del Ministerio Público Fiscal de la CABA)" .
La votación en general fue de 43 sufragios positivos y 3
negativos. Este fue el último asunto que consideró la Sesión Ordinaria que
culminó a las 21:07 horas.
Info Drago Producciones
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